jueves, 28 de abril de 2022

Próxima clase: IMPARCIALIDAD

EL JUEZ "ES" IMPARCIAL ¿¿¿???

La próxima clase veremos al tema "imparcialidad frente al caso"


Los textos están indicados en el cronograma y a disposición en el Drive como siempre...


FRAGMENTOS DE UN FALLO COMO TANTOS (PARA RESOLVER UNA RECUSACIÓN):

«las causales de recusación son de interpretación restrictiva, máxime si se advierte que se trata de un acto de singular gravedad, dado el respeto que se debe a la investidura de los magistrados»
(EJEMPLO SOBRE CÓMO LOS JUECES CONFUNDEN TEMOR DE PARCIALIDAD CON ATAQUE PERSONAL)

¿Y QUÉ PASA SI UNA PARTE MANIFIESTA UN TEMOR DE PARCIALIDAD? CONTESTAN ALGO COMO ESTO:
«cabe poner de relieve que la integridad de espíritu, la elevada conciencia de la misión que hemos jurado cumplir y el sentido de la responsabilidad que es dable exigir a quien desempeña la magistratura, nos colocan por encima de tales insinuaciones, por lo que debemos agotar la función encomendada de decir el derecho en el caso, con la tranquilidad y libertad de ánimo que mantenemos y sin mengua alguna de nuestro poder de decisión, exento e independiente de toda prevención, interés o compromiso personal con el clamor de las partes»
¿NO ES UNA CLARA FORMA DE HABLAR MUCHO SIN DECIR NADA?

«no hubo; no hay; ni habrá desequilibrio procesal alguno por este órgano con relación a éste y a cualesquiera de los otros procesos radicados para su conocimiento»
¿CÓMO PUEDEN SABER DE ANTEMNAO QUE JAMÁS HABRÁ UN CASO EN QUE PUEDA PRESENTARSE UN TEMOR DE PARCIALIDAD?

LINK PARA LUNES 2 DE MAYO:  https://meet.google.com/jeg-ihfg-mum 

Nos vemos en la clase. Saludos,

CP

lunes, 25 de abril de 2022

"DOCE HOMBRES", CHESTERTON (1909)

"Nuestra civilización ha decidido, y muy justamente decidido,
que determinar la inocencia o culpabilidad de alguien
es un asunto demasiado trascendental como para confiárselo a los profesionales"
(G. K. Chesterton)


Este es el texto del que hablamos hoy. Léanlo que es muy cortito:


DOCE HOMBRES (*)


El otro día, mientras estaba pensando en cuestiones de moral y en el Sr. H.Pitt, fui, por así decirlo, secuestrado y conducido al estrado de un jurado para juzgar a alguien. El secuestro duró unas semanas, pero no dejó de parecerme algo repentino y arbitrario. Me sentaron ahí porque vivo en el barrio de Battersea y mi apellido empieza con la letra C. Mirando a mi alrededor, vi una auténtica multitud que había acudido a la citación del juzgado. Toda esta procesión de hombres vivía en Battersea y su nombre empezaba por C.

Parece ser que siempre citan al jurado haciendo estos barridos alfabéticos. De un plumazo oficial, por así decirlo, Battersea queda desnudo de sus C y se tiene que arreglar como pueda con el resto de alfabeto. En una calle falta un tal Cumberpath, de otra un Chizzolpop, tres Chucksterfields de la mansión Chucksterfield, los niños lloran la ausencia de Cadgerboy, la comadre de la esquina llora por su Coffintop y no admite consuelo.

Nos acomodamos juguetones en nuestros asientos, (somos una especie temeraria los C de Battersea, no nos preocupan las consecuencias) y nos toma juramento de forma totalmente inaudible un sujeto que parece un cirujano militar que hubiese entrado en su segunda infancia. Entendemos sin embargo que debemos juzgar bien y fielmente el asunto que enfrenta a nuestro Soberano, el Rey, con el prisionero. Los dos están, de momento, por aparecer.

***

Justo cuando daba por hecho que la Corona y el acusado estaban seguramente llegando a un acuerdo amistoso en otra sala, apareció la cabeza del acusado por encima del banquillo. El cargo es por robo de bicicletas y es la viva imagen de un gran amigo mío. Nos metemos con detenimiento en el asunto del robo de bicicletas. Juzgamos bien y fielmente el asunto de las bicicletas que enfrentan a la Corona y al acusado. Acordamos, tras una breve pero razonable discusión, que el Rey no estaba implicado en modo alguno. Después nos ocupamos de una mujer acusada de abandonar a sus hijos. Parece como si algo o alguien hubiese sido descuidado con ella. Y soy uno de los que está más bien convencido de ello.

Durante el tiempo en que el ojo observó estas apariciones y la mente formuló estos frívolos comentarios, el corazón sintió una pena primitiva y un miedo que el ser humano ha sido incapaz de formular desde el principio, pero que es el poder que le da la fuerza a la mitad de los poemas del mundo. Este estado de ánimo no puede ni siquiera sugerirse, a no ser afirmando que la tragedia es la máxima expresión del infinito valor de una vida humana. Nunca me había encontrado tan próximo al dolor y nunca tan lejos del pesimismo.

Por lo general, no diría palabra de estas emociones oscuras, hablar de ellas es demasiado difícil. Las menciono ahora a cuento de una razón, concreta y específica, que inmediatamente expondré. Las menciono porque en su fragor encontré, de forma curiosa, la confirmación de una verdad política o social. Vi con una claridad rara e indescriptible en qué consiste realmente el juicio por jurados y porque nunca debemos abandonarlo.

Hasta la fecha, nuestra época se ha orientado de manera consistente hacia el socialismo y el profesionalismo. Tendemos a preferir a los ejércitos profesionales porque luchan mejor, cantantes profesionales porque cantan mejor, bailarines profesionales porque bailan mejor, cómicos profesionales porque se ríen mejor, etcétera. Numerosos escritores modernos han planteado esta idea para el Derecho y la política. Muchos socialistas fabianos han insistido en que la mayor parte de nuestra actividad política debería realizarse por expertos. Varios juristas han planteado que el jurado lego debería ser suplantado por el juez profesional.

***

Bueno, si este mundo nuestro fuese mínimamente razonable, no creo que hubiese nada que objetar. Pero el verdadero resultado de toda experiencia y la verdadera base de toda religión es esto: que la cuatro o cinco cosas más esenciales que debería conocer un hombre, conforman todas ellas lo que llamamos paradojas. Es decir, que por más que resulten ser en la vida diaria simples verdades, difícilmente podemos formularlas sin ser culpables de ostensibles contradicciones verbales. Una de ellas es, por ejemplo, el indiscutible tópico de que la persona que más disfruta consigo misma es la que menos lo pretende. Otra es la paradoja del coraje; que consiste en que la forma de evitar morir es no temiéndole a la muerte en exceso. Al que le importa muy poco partirse los huesos al treparse a un peligroso peñasco sobre las olas, puede que los salve gracias a ese descuido. El que pierda su vida, la salvará. Como ven un comentario totalmente prosaico y práctico (Lucas 9:24).

Pues bien, entre estas cuatro o cinco paradojas que deberían enseñarse a cada bebé que juega en las rodillas de su madre, se encuentra la siguiente: cuanto más una persona mira algo, menos la ve; cuanto más aprende de una cosa, menos de ella sabe. El argumento fabiano a favor del experto, de que debemos confiar en las personas entrenadas, sería totalmente irrebatible si de verdad fuera cierto que un hombre que día a día estudia algo y lo practica, entiende el significado y la importancia de ese algo cada vez mejor. Pero no lo hace. Cada vez capta y ve menos de su sentido e importancia. De la misma manera en que nosotros, ¡qué pena!, a no ser que nos recordemos que debemos ser humildes y agradecidos, vemos cada día menos y menos el sentido y la importancia del cielo y de las piedras.

***

Ahora, es un asunto tremendo señalar a alguien para que reciba la venganza de los hombres. Pero es algo a lo que se puede uno acostumbrar, como puede también acostumbrarse a cosas terribles; incluso un hombre puede acostumbrarse al sol. Y lo verdaderamente horrible de toda la administración de justicia, incluso de los mejores entre los jueces, magistrados, abogados, detectives y agentes de policía, no es que sean malvados (algunos son buenos) ni que sean idiotas (un puñado de ellos son mas o menos inteligentes), sino que sencillamente es que se han acostumbrado.

Hablando con propiedad, no ven al acusado en el banquillo. Lo único que pueden ver es al hombre de siempre en su lugar habitual. No contemplan la espantosa sala donde se imparte justicia; sólo ven en ella su lugar de trabajo. Por lo tanto, el instinto de la civilización cristiana ha decidido, muy sabiamente, que en ocasión de cada juicio se reciba una transfusión de sangre fresca y de nuevos pensamientos procedentes de las calles. Que lleguen personas capaces de ver el tribunal y a la multitud, a los rostros vulgares de agentes y rateros, a los rostros consumidos de los viciosos, al rostro inverosímil de los abogados mientras gesticulan. Y ver todo esto como cuando uno mira un cuadro nuevo, o el estreno de una obra de ballet jamás vista.

Nuestra civilización ha decidido, y muy justamente decidido, que determinar la inocencia o culpabilidad de alguien es un asunto demasiado trascendental como para confiárselo a los profesionales. Si se desea iluminar un asunto tan terrible, convoca a hombres de la calle tan ignorantes del Derecho como yo mismo, pero capaces de sentir lo que yo sentí en el estrado del jurado. Cuando lo que quiera es catalogar correctamente una biblioteca, o conocer las dimensiones del sistema solar o cualquier otra de esas cosas irrelevantes, pues que allí emplee a los especialistas.

Pero cuando lo que quiera es hacer algo realmente importante, reúne a doce hombres comunes y corrientes que andaban por ahí. Lo mismo hizo, si no recuerdo mal, el fundador del cristianismo.



(*) Ensayo de Gilbert Keith Chesterton (Londres, 1874-1936) 

Fuente: http://www.juicioporjurados.org/2022/01/chesterton-y-su-elegia-al-juicio-por.html


Próxima clase: INDEPENDENCIA y JUEZ NATURAL

¿¿¿???


La próxima clase abordaremos a los temas independencia y juez natural.

Como siempre, los textos están a disposición en el Drive e indicados en el cronograma. Son estos:

- Binder.

- Cafferata Nores.

- Fallo CSJN Rosza (leer las primeras 18 páginas).

- Compendio de jurisprudencia de la Corte IDH.


LINK PARA LA CLASE: https://meet.google.com/gpu-izrs-hzw


Saludos,

CP

Link para clase sobre juicio por jurados

ATENCIÓN: Es un tan extenso como poco (y, en general, deficientemente) abordado en las escuelas de derecho de Argentina... así que vamos a comenzar con mucha puntualidad. 20.05 arrancamos.

Quienes lo lean avisen al resto.


***


Estimadas y estimados, nos vemos a las 20 hs en la siguiente sala:

https://meet.google.com/cku-dppm-dck

Saludos,

CP


jueves, 21 de abril de 2022

Próxima clase: JUICIO POR JURADOS

"TODOS LOS JUICIOS CRIMINALES... SE TERMINARÁN POR
¿TRIBUNALES TÉCNICOS?"



Estimadas y estimados, e
n esta entrada les dejamos indicaciones para facilitar las lecturas de
l material que tienen en la carpeta de Drive (vean el cronograma, como siempre) y material adicional sobre el tema "juicio por jurados" que deberán ver/leer obligatoriamente para la próxima clase.





Dos clases en una:
BATMAN: Un juez Joker y un jurado Joker
JOKER: Sí Batman, les estoy dando un juicio justo hahaha
(Ser juez y jurado, señal de arbitrariedad)

Originalmente teníamos previstas dos clases para este tema, pero hemos decidido comprimir todo en una sola debido a cuestiones de agenda. 

Como habitualmente, para la primera clase estaba previsto ver y discutir cuestiones generales sobre el juicio por jurados, y en la segunda pretendíamos hacer un pequeño repaso sobre el modo de funcionamiento de un sistema de jurados de tipo clásico y sobre algunas de sus etapas esenciales definitorias (algunas de ellas muy novedosas para nuestros sistemas): el voir dire y las instrucciones del juez al jurado... también la deliberación y el veredicto unánime.

Durante la clase advertirán que un solo encuentro no es suficiente para abordar al tema suficientemente (en rigor, dos tampoco...) pero el tiempo es tirano y, en definitiva, tienen los textos.

Lo siguiente, entendemos, puede servir para compensar lo que necesariamente deberemos dejar afuera debido al recorte.




Videos:

Vean los siguientes videos, que servirán para contextualizar mejor al tema dado lo antes dicho. Compren pochoclos y ya tienen un plan para aprovechar mientras rigen las restricciones de circulación después de las 20 hs.

Conferencia de Alberto BINDER sobre Juicio por Jurados - Mendoza, 2005:


Esta conferencia fue un punto de inflexión en la discusión en torno al
establecimiento del juicio por jurados en Argentina


Exposición en el Senado PBA - Septiembre 2016:

Penna (Voir dire o selección de jurados)

Alejandro Cascio (Instrucciones del juez al jurado)


Videos sobre INSTRUCCIONES del juez al jurado:


- VIDEOS: Instrucciones al jurado en caso Casey Anthony. No es necesario que vean el video completo (instrucciones completas, que dura unos 40 minutos), sino que se aconseja ver los fragmentos Nº 1, 2, 14 a 18 y 19 a 23, todos muy cortitos).

- VIDEO: Fragmento de película "La conspiración". Fíjense cómo el jurado es tratado como una parte esencial del sistema republicano y como garantía contra el autoritarismo (la traducción del video donde dice "un jurado de amigos" es incorrecta, en realidad sería "un jurado de pares" obviamente).

- OPTATIVO: También pueden ver instrucciones al jurado dadas en Argentina (pero no las tenemos discriminadas en fragmentos de momento). Quien quiera ver un ejemplo, puede verlo ACÁ



Fallos y guía de lectura:

Por Alberto Bovino
Esto les va a servir para ordenar ideas y, sobre todo, les va a ayudar a reducir la cantidad de material a leer.


- CSJN, fallo "Canales". Leer el fallo (Drive) y el comentario al fallo del Diario La Ley. LO MAS IMPORTANTE: adecuación constitucional del jurado clásico.

- CSJN, fallo "Casal". Ya deben haberlo leído varias veces. Ahora lean solo los cons. 15, 16, 25, 26, 29, 30, 31 y 34. LO MAS IMPORTANTE: La CN establece al juicio por jurados. Para una revisión amplia no alcanza la mera revisión de los fundamentos de la sentencia, sino que para reducir el margen de lo "no revisable" (inmediación) es necesario que el tribunal revisor acuda cuando sea necesario al análisis de la prueba.

- Nota con comentario al fallo "Mazzon" (TCP PBA). Allí pueden acceder al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. LO MAS IMPORTANTE:
* el jurado es una garantía constitucional, una vez activada por el legislador no tiene vuelta atrás (es decir, no puede derogarse sin vulnerar a la Constitución)
* es posible una revisión amplia ante un veredicto de culpabilidad de un jurado.

Nota con comentario al fallo "Ruppel" (TCP PBA). Allí pueden acceder al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. LO MAS IMPORTANTE: 
* el juicio por jurados constitucional es el modelo clásico.
* notas definitorias de un juicio por jurados constitucional.

- Nota sobre el fallo "Ramos v. Louisiana". Del mismo modo, también pueden acceder allí al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. La Corte Suprema de EEUU estableció que la unanimidad de los veredictos es una exigencia constitucional y que es aplicable a todos los Estados pues se trata de una garantía constitucional federal.

- Fallo Taxquet v. Bélgica (Tribunal Europeo de Derechos Humanos - 2010), subido al Drive. Solo párrafos 71 a 79, 83, 84, 90 a 107 y opinión concordante del juez Debens. También lean cuál fue la acusación concreta (párrafo 10), y con hacerlo entenderán muy rápidamente que el problema no estaba en la falta de expresión de motivos del veredicto sino en la grosera imprecisión de esa acusación (el otro problema había sido la admisión de la declaración de un testigo anónimo y, por lo tanto, imposible de controlar por la defensa).

Un año después de Taxquet, el Tribunal EDH adoptó el fallo "Judge v. Reino Unido" (2011 - no es necesario que lo lean), en el que ratificó los mismos criterios y, a diferencia de lo ocurrido en "Taxquet", entendió que el juicio por jurados se había llevado a cabo correctamente y sin generación de agravios y confirmó la validez del juicio.

Luego, la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptó el fallo conocido como "Nicaragua" (2019), en el que convalidó la validez convencional del jurado clásico asumiendo básicamente los precedentes del TEDH, aunque a mi criterio con mayor precariedad para el desarrollo de argumentos y la detección y el abordaje de los problemas específicos del caso. No es necesario que lean el fallo completo, sólo estos párrafos destacables:

219. En principio, nada excluye que las garantías judiciales recogidas en la Convención Americana sean aplicables al sistema de juicio por jurados, pues sus redactores no tenían en mente un sistema procesal penal específico.

222. El juicio por jurados se ha concebido, además, como una forma de devolver a la sociedad la confianza en el sistema judicial, como forma de democratización y acercamiento de la impartición de justicia a la comunidad, otorgándole a ésta un rol fundamental en aquellos delitos sensibles al orden público.

224. El sistema de valoración de la prueba evidentemente va a moldear el esquema de fundamentación probatoria y, a la postre, la exigencia de motivación o la forma de exteriorización de la fundamentación. Toda vez que histórica y tradicionalmente el veredicto del jurado en un sentido clásico no exigía una motivación o exteriorización de la fundamentación, ya que la apreciación de la prueba se basaba en la íntima convicción de los juzgadores

245. La Corte nota que el procedimiento central en que puede disiparse la posible imparcialidad del jurado es la audiencia de desinsaculación, que en los sistemas anglo-sajones se denomina voir dire.

259. La falta de exteriorización de la fundamentación del veredicto no vulnera en sí misma la garantía de la motivación. En efecto, todo veredicto siempre tiene motivación, aunque como corresponde a la esencia del jurado, no se expresa.

260. Algunos de los Estados de la OEA que implementan el sistema de enjuiciamiento por jurados establecen expresamente diferentes garantías de interdicción de la arbitrariedad en la decisión [aclaración: esas garantías serían el control de la admisibilidad de la prueba, el voir dire, las instrucciones, el veredicto unánime, la comprobación del veredicto, etcétera]

262. La íntima convicción no es un criterio arbitrario. La libre valoración que hace el jurado no es sustancialmente diferente de la que puede hacer un juez técnico, sólo que no lo expresa.





MEMES JURADISTAS:

Y por último, pero no por eso menos importante, compartimos un link para que puedan ver los memes que crearon sus compañeros y compañeras de la materia "Juicio por jurados en la provincia de Buenos Aires" de la Facu, en 2020.

Son realmente geniales.

Pasen y vean ACÁ.


Saludos!

CP

viernes, 15 de abril de 2022

PARCIALES RECIBIDOS (CHEQUEEN)

Estimadas y estimados, a continuación se detallan los exámenes recibidos. Deberán fijarse si están en esta lista, pues luego no habrá reclamos. Tienen hasta la próxima clase para chequearlo y efectuar cualquier tipo de reclamo.

Si están en la lista, no deben hacer nada. Sólo deben efectuar un comentario a esta entrada si su examen no aparece en esta lista (habiendo sido enviado, desde luego).

Los nombres de los archivos son los que ustedes definieron, así que deberán buscarlos según el nombre del archivo correspondiente.









martes, 12 de abril de 2022

Próxima clase: MODELOS DE ENJUICIAMIENTO

“Los actos de las brujas nunca son legales"

(Malleus Maleficarum o "El martillo de las brujas")


Como afirmamos desde el inicio, luego del parcial comenzaremos la segunda parte del curso, en la que abordaremos a las garantías procesales.

La primera clase veremos al tema "modelos de enjuiciamiento", pues las garantías que estudiaremos son propias de un modelo acusatorio de jurados, y conocer sobre el tema de la clase será fundamental para comprender el sentido político de las garantías.



Ya cuentan con el material de estudio enunciado en el cronograma, y disponible desde el inicio del curso en la carpeta de Drive.


Lean también reflexivamente el siguiente cuadro:


Como siempre, estudien! Buen fin de semana!

Saludos,

CP


jueves, 7 de abril de 2022

Próximo lunes: EVALUACIÓN PARCIAL



Tal como ha sido anunciado desde el inicio, el próximo lunes será la evaluación parcial.

Cómo será el parcial

1. Los temas serán los que hayamos visto en el primer módulo.
2. Tendrá tres ejercicios, que muy probablemente consistirán en lo siguiente:
a) Un ejercicio de aplicación de sus conocimientos a algún caso o norma. La máxima extensión serán 400 palabras. Podrían responderlo correctamente en 200. Pero no pueden excederse de 400 palabras. A partir de la 401 ya no leeremos. Este ejercicio vale 5 puntos.
b) Un caso, en el cual deberán proponer cómo lo resolverían y por qué. La máxima extensión para responderla será de 200 palabras. Este ejercicio vale 3 puntos.
c) Una pregunta conceptual, aunque probablemente también vinculada a la aplicación de sus conocimientos a un caso y/o de vinculación entre temas, cuya máxima extensión será de 200 palabras. Este ejercicio vale 2 puntos.
ACLARACIÓN: los datos de extensión máxima y de puntajes por ejercicio aquí indicados podrán variar, pues aquí se consignan a modo ejemplificativo. Presten atención a lo indicado en las consignas del examen.
3. Para aprobar el parcial deben contestar —mal o bien— los tres ejercicios. En caso contrario, se dará por desaprobado.
4. El límite máximo de las respuestas es absoluto. El espacio previsto para cada respuesta es mucho mayor al necesario. Por ese motivo, NO PUEDEN excederse ni siquiera en una palabra. ¿Se entiende? La máxima cantidad de palabras incluye las que agreguen en las notas al pie.
5. Deben redactar las respuestas en una hoja A4, a espacio y medio, con tipografía Arial en cuerpo 12.
6. Escriban solo sus nombres y apellidos en el primer renglón. Sabemos cómo se llama la materia, nuestros nombres y que se trata de un parcial.
7. Deberán entregar sus exámenes en formato Word (.doc / .docx)
8. A continuación les ponemos un ejemplo de cómo deben presentar sus respuestas, con el máximo de palabras de cada una, para que vean que tendrán espacio más que suficiente.





9. El lunes 11 a las 20 hs subiremos el examen al blog. Tienen plazo hasta el día siguiente -martes- a las 19.59 hs. para enviar las respuestas. Sin excepción. Deberán enviar las respuestas a la siguiente dirección de correo:
cursogg2020@gmail.com
ACLARACIÓN IMPORTANTE: Solo se leerá y evaluará lo consignado en la "hoja de examen", dentro de los límites de espacio brindados para ello; si hacen aclaraciones en el cuerpo del mail, no serán tenidas en cuenta. Recuerden que no leemos ese mail, sino que solo ingresaremos para "buscar" sus exámenes.

10. ¿Alguna duda o pregunta?


LINK CLASE DE HOY

 Estimadas y estimados, para la clase de hoy usaremos este link:

https://meet.google.com/cku-dppm-dck

Nos vemos a las 20 hs. Saludos,

CP

lunes, 4 de abril de 2022

Próxima clase: lesividad y bienes jurídicos / otros principios

ACLARACIÓN: 
Lo primero que deberán hacer al entrar a este post es 
poner play en la canción (y seguir leyendo):


La próxima clase completaremos el abordaje de los principios sustantivos que estudiaremos en este curso y veremos a los enunciados en el título.

Como siempre, ya saben cuál es el material de estudio.


También será la última clase antes del parcial.

Luego comenzaremos con la parte más larga, en la que abordaremos a las garantías procesales.


ANTES, DEBERÁN RESPONDER LA SIGUIENTE PREGUNTA COMO COMENTARIO A ESTA ENTRADA:

¿QUÉ RELACIÓN TIENEN LA FOTO Y EL VIDEO CON EL TEMA EN ESTUDIO?



Estudien!

CP


DESPEDIDA

ESO ES TODO AMIGUES... Estimadas y estimados, este curso ha finalizado. Ha sido un placer para nosotros compartir estas clases con ustedes y...